12 policías declarados culpables del asesinato de migrantes en Tamaulipas
El Juez Unitario de Enjuiciamiento del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas de la Primera Región Judicial, Patricio Lugo, emitió una sentencia condenatoria contra los 12 policías estatales de Tamaulipas acusados por la masacre de 19 personas el 22 de enero de 2021.
Las víctimas incluyeron a 17 migrantes de Guatemala y El Salvador, y a 2 ciudadanos mexicanos.
Las sentencias dictadas fueron las siguientes:
– 11 por homicidio calificado
– 12 por abuso de autoridad
– 12 por delitos cometidos en el desempeño de funciones administrativas
– 1 por delito de informes falsos dados a una autoridad
Esta sentencia marca un hito, siendo la primera condena contra miembros del Estado mexicano por una masacre de migrantes.
Para las familias de las víctimas, este proceso ha sido extremadamente desafiante. Participar en un proceso penal y comprenderlo es complicado para una familia mexicana, y mucho más para aquellas que residen en otro país. Se enfrentan a un sistema judicial desconocido, a menudo en un idioma extranjero, y a menudo no cuentan con los recursos para expresar plenamente sus sentimientos.
Más de 60 testimonios fueron presentados durante el juicio, que comenzó el 22 de mayo de 2023, para reconstruir esta horrenda tragedia que desafía la comprensión, ya que se suponía que el Estado mexicano no cometía tales actos, especialmente contra los más vulnerables.
A pesar de este paso hacia la justicia, aún queda un largo camino por recorrer. La Masacre de Camargo ilustra que en México, agentes del Estado pueden cometer actos atroces contra personas migrantes.
También es crucial investigar a otros funcionarios públicos involucrados en la Masacre de Camargo, incluyendo a los policías presentes y a la cadena de mando de los 12 policías, así como a los funcionarios del Instituto Nacional de Migración. Cabe recordar que el vehículo en el que viajaban las víctimas fue retenido por la delegación del INM de Nuevo León en diciembre de 2020.
Se espera una audiencia adicional para determinar las penas individuales y la reparación del daño, la cual debe ser proporcional a los delitos cometidos y los perjuicios causados a las familias.
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